SEDENA ofrece asesoría para quienes pretendan adquirir un arma

Valeria Chedraui

Cualquier ciudadano que haya cumplido los 18 años de edad puede adquirí un arma de fuego, según lo establece el artículo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, informó el capitán segundo de Materiales de Guerra, de la 23 Zona Militar de Tlaxcala, Dámaso Tepezila Gómez.

Las armas que pueden estar en posición legal en el domicilio de una persona son las pistolas de un calibre no superior al 0.38 (9 mm. Corta), que dando exceptuadas las pistolas .38 Súper y .38 Comando, y también en 9 mm las Mauser, Luger, Parabellum y Comando.

Expuso que debido al incremento de la inseguridad en Tlaxcala, en la XXIII Zona Militar se registran de cinco a ocho armas diariamente, para que las personas las puedan tener en su domicilio.

“Como sabemos la inseguridad crece un poco y por eso surge lo de la posesión de las armas, lógicamente”, refirió.

En el contexto dio a conocer que los requisitos básicos para el registro inicial de un arma, es realizar un pago de 52 pesos ante cualquier institución bancaria mediante la forma “e5”, además de que se deben tener los siguientes documentos reglamentarios: comprobante de domicilio, identificación oficial con fotografía, CURP y presentar el arma desabastecida en la zona militar para verificar sus características.