Valida la Corte la ley Kumamoto de Jalisco

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la llamada ley #SinVotoNoHayDinero o ley Kumamoto que establece lineamientos para el financiamiento de partidos políticos en el estado de Jalisco.

Con siete votos a favor y tres en contra, los ministros declararon válida la reforma en materia electoral publicada por el Congreso de Jalisco el pasado 2 de junio, en la que se modificó la Constitución y el Código Electoral y de Participación Social de la entidad. Con ello queda regulado, por primera vez en un estado de la República, la forma en que se otorgan recursos públicos a los partidos políticos cuando es año electoral o no lo es.

La modificación, a propuesta del diputado independiente Pedro Kumamoto, establece que durante años no electorales, el cálculo de los recursos que recibirán los partidos políticos se realizará multiplicando el número de electores en el padrón por 20% del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En la Constitución Federal se indica que el monto que otorga el Instituto Nacional Electoral a los partidos se calcula multiplicando a los electores del padrón por 65% de la UMA.

Las leyes avaladas por la Corte indican que en años electorales los recursos serán calculados tomando en consideración el total de los votos que fueron válidos en la elección previa de diputados por 65% de la UMA.

Con esto se prevé un ahorro para el estado de 550 millones de pesos en un periodo de tres años, puesto que las medidas de financiamiento en el estado de Jalisco se aplicarán a partidos políticos nacionales y locales.

Una vez que se conoció el fallo de la Corte, el gobernador de Jalisco, Aristóteles Sandoval (PRI) así como el propio diputado independiente Kumamoto celebraron la decisión de declarar constitucionales las reformas realizadas en junio pasado.

“Para nosotros la prevalencia de esta reforma implicaba un avance sustancial en la construcción de una democracia más justa”, dijo el gobernador.

Kumamoto consideró que la decisión de la Suprema Corte demuestra que pueden impulsarse iniciativas similares en otros estados, por lo que se promueven reformas en al menos 27 estados junto con 120 organizaciones de todo el país.

El proyecto fue realizado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien, a diferencia de la opinión de la mayoría, propuso declarar inconstitucional la reforma.

“El modelo implementado en la Constitución del estado de Jalisco no resulta acorde con lo establecido en la Constitución Federal, dado que no resulta equitativo con el previsto para los partidos locales ni se armoniza con lo estipulado en la Ley General de Partidos Políticos”.

La propuesta sólo fue acompañada por los ministros Margarita Luna Ramos, Eduardo Medina Mora y el presidente de la Corte, Luis María Aguilar, quienes consideraron que el Congreso de Jalisco invadió las facultades del Congreso de la Unión.

El resto argumentó que la reforma es válida al amparo del derecho a la libre configuración de los estados y que de la redacción de los artículos no se desprende ninguna inequidad entre los partidos.

Se avaló la obligación que tendrán los partidos políticos en Jalisco de que 50% de sus candidatos a presidente municipal sean mujeres.

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