APRUEBAN PROPUESTAS DE PLANOS Y TABLAS DE VALORES A MÁS DE 58 MUNICIPIOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

Redacción Congreso del Estado

Por mayoría de votos, el Pleno de la LXII Legislatura Local avaló el dictamen formulado por la Comisión de Finanzas y Fiscalización, por el que se aprueban las propuestas de planos y tablas de valores unitarios de suelo y construcción, de los municipios de Tetla de la Solidaridad y San Pablo del Monte, así como de los restantes 58 municipios que integran el Estado de Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2018.

En el dictamen dado a conocer por el diputado Alberto Amaro Corona, se resaltó la pertinencia de aprobar en sus términos por parte del Congreso del Estado, la propuesta de planos y tablas de valores unitarios de suelo y construcción presentada por los ayuntamientos de Tetla de la Solidaridad y San Pablo del Monte, a efecto de que dichos municipios se encuentren en aptitud de determinar oportunamente el monto de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria que cobrarán durante el ejercicio fiscal del año 2018, en razón de que dichas propuestas reúnen los requisitos técnicos y normativos necesarios, además de que los valores que se contemplan en las mismas son equiparables a los valores de mercado, lo que permitirá resarcir la depreciación de los valores que sirven de base para el cobro de dichas contribuciones y, en su caso, contribuirá a reforzar la política hacendaria y fiscal en el ámbito de los municipios, tendiente a fortalecer la capacidad recaudatoria, así como el saneamiento y fortalecimiento de sus ingresos propios.

Así también, se destacó que los planos y valores unitarios del Ayuntamiento de Tetla de la Solidaridad, fueron aprobados en sesión de cabildo el día 05 de mayo del 2017 y publicados en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado no. 26, segunda sección el 28 de junio del 2017, mientras que el ayuntamiento de San Pablo del Monte los aprobó en sesión de cabildo el día 07 de septiembre del 2017 y publicados en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado no. 28, segunda sección el 12 de julio del 2017, con lo que ambos ayuntamientos cumplieron con el procedimiento establecido en la Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala, y entregaron su propuesta a este Congreso en tiempo y forma el 14 de septiembre de la presente anualidad,

En cuanto a los municipios de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Atltzayanca, Amaxac de Guerrero, Apetatitlán de Antonio Carvajal, Apizaco, Atlangatepec, Benito Juárez, Calpulalpan, Chiautempan, Contla de Juan Cuamatzi, Cuapiaxtla, Cuaxomulco, El Carmen Tequexquitla, Emiliano Zapata, Españita, Huamantla, Hueyotlipan, Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, Ixtenco, La Magdalena Tlaltelulco, Lázaro Cárdenas, Mazatecochco de José María Morelos, Muñoz de Domingo Arenas, Nanacamilpa de Mariano Arista, Nativitas, Panotla, Papalotla de Xicohténcatl, San Damián Texóloc, San Francisco Tetlanohcan, San Jerónimo Zacualpan, San José Teacalco, San Juan Huactzinco, San Lorenzo Axocomanitla, San Lucas Tecopilco, Sanctórum de Lázaro Cárdenas, Santa Ana Nopalucan, Santa Apolonia Teacalco, Santa Catarina Ayometla, Santa Cruz Quilehtla, Santa Cruz Tlaxcala, Santa Isabel Xiloxoxtla, Tenancingo, Teolocholco, Tepetitla de Lardizábal, Tepeyanco, Terrenate, Tetlatlahuca, Tlaxcala, Tlaxco, Tocatlán, Totolac, Tzompantepec, Xaloztoc, Xaltocan, Xicohtzinco, Yauhquemehcan, Zacatelco y Ziltlaltépec de Trinidad Sánchez Santos, se dijo que se aplicarán los planos y tablas de valores unitarios de suelo y construcción vigentes en el ejercicio fiscal 2017, conforme a lo establecido por el artículo 28 de la Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala.

Los planos y tablas de valores unitarios de suelo y construcción que se aprueban mediante el presente Decreto, se indicó tendrán aplicación únicamente durante el ejercicio fiscal del año 2018 y servirán de base para el cobro de contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, tanto de predios urbanos como rurales, así como para el cobro de construcciones que se encuentren ubicadas dentro del territorio de los respectivos municipios, conforme a las disposiciones de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala y de las respectivas Leyes de ingresos de los citados municipios.