Facultados para denunciar falta de recursos presidentes de comunidad

  • El Congreso del Estado aprobó modificaciones al Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios

Isabel Miranda

Los presidentes de comunidad en Tlaxcala podrán denunciar la falta de distribución de los recursos que les correspondan por parte de los alcaldes y tesoreros ante el OFS, luego de que el Congreso aprobara modificaciones al Código Financiero para el estado de Tlaxcala y sus Municipios.

Los diputados consideraron necesario que se garantice a las presidencias de comunidad los recursos económicos, que les correspondan para que sean aplicados y garanticen el bienestar común.

El encargado de presentar el proyecto de decreto fue el legislador del PRI, Ignacio Ramírez Sánchez, en representación de las Comisiones Unidas de Finanzas y Fiscalización y de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, quién mencionó que las presidencias de comunidad conforme a la ley son órganos desconcentrados subordinados administrativamente de los Ayuntamientos, que no cuentan con personalidad jurídica o de patrimonio propio.

“Con la finalidad de garantizar los recursos económicos a las presidencias de comunidad es conveniente que se reforme el Código Financiero del Estado, así como establecer que en los supuestos de que haya incumplimiento se informe al Órgano de Fiscalización Superior y éste proceda a realizar la investigación correspondiente y en su caso se sancione al presidente municipal y al tesorero que incurran en dicha omisión, por supuesto previo derecho de audiencia”, argumentó.

Así que los diputados aprobaron adicionar los párrafos cuarto y quinto al artículo 510, y un segundo párrafo al artículo 518, ambos del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y Sus Municipios;  en el primero  establece que “en caso del que el ayuntamiento incumpla sin causa justificada con las obligaciones establecidas en los párrafos que anteceden, a partir de los tres días hábiles siguiente al vencimiento del plazo para la distribución de los recursos correspondientes a las presidencias de comunidad, los titulares de estas deberán informar ante el OFS a afecto de que inicie una investigación”.

Aunado a ello, se fincarán los procedimientos de que corresponda o en su caso las denuncias correspondientes por los delitos que resulten siendo los probables responsables del incumplimiento.

En el artículo 518 refiere que “para los efectos de priorización de obras los ayuntamientos están obligados a informar en sesión de cabildo y de manera directa a cada presidente de comunidad por escrito de los montos por los recursos provenientes del Gobierno Federal a fin de que estén en aptitud de hacer las propuestas de obras que correspondan así como aportar elementos que justifiquen el impacto en la comunidad, la falta de información oportuna  será causa de probable responsabilidad por parte del presidente municipal y del director de obras municipal”.

 

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