Juan Pablo Gómez Fierro, juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, resolvió que no hay motivo ni justificación legal que impida a las autoridades de Veracruz revelar datos, cifras o estadísticas relacionadas las fosas clandestinas del predio Colinas de Santa Fe, en el Puerto de Veracruz, considerada la fosa clandestina más grande de América Latina.
Por ello, instruyó al Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) que ordene a la autoridad requerida, en este caso a la Fiscalía de Veracruz, entregue una versión pública con la información sobre los indicios encontrados en dicho predio donde se han contabilizado más de 120 fosas clandestinas.
Al resolver el amparo 1232/2017, el juez Gómez Fierro estimó que el solo hecho de que la información se encuentre inmersa en una investigación ministerial no demuestra que su difusión impida u obstruya las funciones que ejerce el Ministerio Público durante la investigación o en ejercicio de la acción penal ante los tribunales judiciales.
Asimismo, concluyó que no se acreditó que la divulgación de la información solicitada representa un riesgo real de perjuicio al interés público, pues la publicación de esos datos se desvincula de las personas y objetos de los cuales deriva, además de que no se revelarán los nombres de los servidores públicos relacionados con la persecución del delito y no se entregará información sobre las líneas de investigación o que permita identificar a las víctimas y a los responsables.
Aunado a lo anterior, consideró necesario ponderar los intereses en conflicto, pues si bien es cierto que existe un interés público en la protección de la actividad persecutora de delitos, debe prevalecer la trascendencia social del fenómeno del descubrimiento de fosas clandestinas.
Por tanto, estimó que es necesario poner en contexto el origen de la información solicitada y la importancia de conocer cifras y estadísticas que permitan a la sociedad civil, así como organismos nacionales e internacionales de derechos humanos conocer la dimensión del problema, realizar los análisis correspondientes para diagnosticarlo y solucionarlo y abonar a la transparencia sobre este fenómeno.
“Máxime que la reserva de absolutamente toda la información derivada de la investigación no es proporcional para proteger los intereses en conflicto ni es la opción que restringe en menor manera el derecho de acceso a la información”, dijo el juez.