Georgina Ballesteros
Por no acudir a revisar las firmas de apoyo ante el Instituto Nacional Electoral (INE) en Tlaxcala y presentar agravios infundados e inoperantes, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) negó otorgar el registro de Candidato al Senado de la República por la vía independiente al ex candidato perredista a la alcandía capitalina Raymundo Vázquez Conchas.
En sesión ordinaria con duración de apenas 10 minutos, celebrada la tarde del sábado y como único punto a tratar, los magistrados resolvieron confirmar la negativa del INE debido a que no cumplió con el mínimo de firmas ciudadanas requeridas para acceder a la candidatura.
Fue el magistrado Héctor Romero Bolaños, quien presentó el proyecto de sentencia correspondiente al juicio ciudadano 252 de este año, promovido por el también cuñado de la Senadora con licencia, Lorena Cuellar Cisneros, en contra del acuerdo del Consejo General del INE, que ratificó el dictamen sobre el porcentaje de apoyo ciudadano requerido, para el registro de la candidatura independiente a una Senaduría.
Al dar lectura al proyecto de sentencia, se menciona que Vázquez Conchas, se queja de la supuesta inconstitucionalidad del artículo 385 de la Ley Electoral, sin embargo “el actor ni siquiera precisa el concepto constitucional que estima violentado y las razones por las cuales, en su concepto, llega a tal conclusión, por lo cual, se estiman inoperantes”.
Sobre los argumentos relacionados con el desarrollo de las diligencias para respetar la garantía de audiencia ordenadas en la sentencia antes mencionada, se estiman infundados e inoperantes, ya que si bien es cierto se ordenó dar audiencia al actor nuevamente respecto de trece mil novecientos diez apoyos ciudadanos, ello derivó de considerar que el actor había sufrido una afectación en sus derechos, al desahogarse la garantía de audiencia en la etapa preliminar.
En este sentido, si el INE en Tlaxcala le otorgó la posibilidad de revisar la totalidad de firmas que se consideran irregulares, sin embargo el ex candidato perredista al ayuntamiento capitalino “se rehusó a revisar el universo total de apoyos ciudadanos y, posteriormente, el primero de abril, se le citó para una nueva diligencia, únicamente respecto de los apoyos que él solicitó. No obstante, el actor no acudió a la segunda cita, porque no hizo la verificación de las firmas consideradas inválidas en la etapa previa y tampoco así, las consideradas como inválidas en la etapa definitiva”.
Aunado a que no existe certeza clara y fundada de las cuestiones manifestadas por el quejoso, pues sus argumentos no pueden producir efectos jurídicos, ya que se llegaría al punto de revisar un acto de autoridad, a partir de suposiciones y conjeturas, sin que exista una real afectación a los derechos del accionante. Así, al considerarse infundados e inoperantes los agravios.
En su intervención, Armando Maitret Hernández, Magistrado Presidente de la Sala Regional del TEPJF con sede en la Ciudad de México, lamentó que aun cuando el Instituto Nacional Electoral le otorgo las facilidades para revisar las firmas, Vázquez Conchas se rehusó a hacer ejercicio su derecho de audiencia.
El resolutivo se da a 34 días de haber iniciado las campañas políticas de los candidatos al Senado de la República.