Este viernes entró en funciones la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia Laboral que proporciona apoyo y asistencia técnica al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y al Poder Judicial de la Federación (PJF) con motivo de la implementación de esas modificaciones.
La nueva unidad tiene facultad de elaborar y emitir opiniones consultivas al Congreso de la Unión o a cada una de sus cámaras, en temas relativos a la conformación de las normas procesales en materia laboral de competencia para el Poder Judicial de la Federación.
Esta oficina fue creada por acuerdo del pleno del Consejo de la Judicatura Federal y responde a la transformación del sistema de justicia laboral a nivel federal.
Además, se encargará de las acciones y programas relacionados con la planeación, capacitación, difusión, proyectos normativos, reorganización institucional, programación presupuestal y seguimiento institucional de la reforma en materia de justicia laboral.
En el acuerdo, aprobado por unanimidad, se especifica que la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia Laboral coordinará las acciones necesarias para la planeación y prospectiva, capacitación, difusión, estudios y proyectos normativos, reorganización institucional y digital, programación, asignación, ejecución y comprobación del presupuesto.
Entre las tareas que desarrollará, destacan proporcionar apoyo y asistencia técnica que requiera tanto el pleno como los consejeros de la Judicatura Federal con motivo de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral en el Poder Judicial federal, así como la de elaborar y emitir opiniones técnicas de asuntos correspondientes a esta materia.
Para encabezar esta nueva área, el pleno del Consejo de la Judicatura Federa designó al magistrado Sergio Javier Molina Martínez, como titular de la Unidad de Implementación de la Reforma en Materia de Justicia Penal.
El CJF recordó en un comunicado que el 24 de febrero de 2017 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 constitucionales en materia de justicia laboral.
De esta manera y de conformidad con el Artículo 123, fracción XX de la Constitución, en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, se exige que las diferencias o conflictos de trabajo estén a cargo de tribunales federales.