Criterio aplicará desde este año, cuando los trabajadores den su declaración anual del gravamen

Redacción

A partir de mediados de mayo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) quedó obligado a devolver saldos a favor por el impuesto sobre la renta (ISR) retenidos por los patrones, aunque no hayan sido enterados por los mismos a la autoridad.

 

Según el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), es una práctica común que el SAT niegue la devolución de saldos a favor a trabajadores bajo el argumento de que su patrón retuvo, pero no pagó a la autoridad el ISR.

 

“En los años recientes el criterio que ha utilizado la autoridad es retrasar las devoluciones esperando a que el patrón entere esas retenciones que le hizo al trabajador. Esto ya no podrá ser así”, comentó Diamantina Perales, presidente nacional del IMCP.

 

El pasado 14 de mayo, un Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa publicó una tesis que obligará al SAT a corregir esta práctica en beneficio del trabajador, comentó Perales.

 

Este criterio aplicará desde este año, cuando los asalariados presenten su declaración anual de ISR del ejercicio 2020, la cual se extendió al 31 de mayo de 2021

 

“En el caso de que la autoridad fiscal niegue la devolución del saldo a favor a los trabajadores y que el motivo que se argumente sea la falta de pago de las retenciones de ISR por parte del patrón, se podrá exigir la devolución a través de los medios de defensa como recurso de revocación o juicio de nulidad apoyándose en el reciente criterio del Poder Judicial”, explicó.

 

La autoridad fiscal tiene todos los elementos para ir contra el patrón que incumpla con el entero de impuestos, por lo que es innecesario negar devoluciones a los trabajadores, comentó Héctor Amaya Estrella, vicepresidente fiscal del IMCP.

 

“Esta práctica de retener y no enterar es utilizada de forma ilegal por algunas empresas para aumentar su flujo de efectivo”, abundó.

 

Aquellos empresarios que retengan pero que no enteren los impuestos de los trabajadores, cometen faltas administrativas y son acreedores a multas y auditorías por parte del SAT y demandas directas de los mismos trabajadores, explicó.

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