‘Cargan la mano’ a contribuyentes

Redacción

Para el próximo año Hacienda no propone más impuestos para los contribuyentes, pero suma una mayor carga administrativa, que puede complicar deducciones.

“Hay que presentar mayor información, contar con ella; si bien no hay alza de impuestos, es de calado, padeciendo nuevos mecanismos de comprobación que implicarán cargas administrativas para los contribuyentes”, advirtió Mario Barrera, abogado fiscalista socio de Holland & Knight.

Por ejemplo, en la compra y venta de combustibles para vehículos terrestres, marítimos y aéreos será necesario para 2022 incluir en el comprobante fiscal información del permiso vigente del proveedor.

El requisito de deducibilidad está sujeto a que el permiso esté vigente al momento de la expedición del comprobante fiscal, señala el Proyecto de Decreto de la Miscelánea Fiscal 2022.

“Lo justifican como medida para eliminar la venta ilegal de combustible, pero el comprobante pudiera no incluirlo o tenerlo de forma errónea y puede ser que nieguen la deducción completa”, expresó Barrera.

Para la fiscalista Virginia Ríos, esta disposición provocará que en algunos casos los operadores se vean obligados a abastecerse de combustible, aunque la empresa que da el servicio no tenga permiso vigente.

“Por ejemplo, un tráiler al que le caben cientos de litros de diésel y que llegue a un punto donde debe cargar y se haya cancelado el registro o no lo tenga vigente y no le dé el combustible para llegar al siguiente lugar, entonces se van a compilar porque tendrá que cargar aunque sea algo y eso no será deducible ni acreditable para temas fiscales”, comentó Virginia Ríos.

Aunque efectivamente no hay nuevos impuestos, al hacer más estrictos los requisitos y trámites es muy probable que caiga la deducibilidad, con lo cual el SAT (Servicio de Administración Tributaria) podrá tener mayor recaudación, incluso por multas debido al incumplimiento, alertó la especialista.

Otra de las propuestas es que al escindir una empresa, actualmente los socios de la misma se dividen las pérdidas entre las partes y con el cambio se exige probar la razón de esta decisión o de lo contrario no será reconocida la amortización de dicha pérdida para su deducción, mencionó Barrera.

Sin embargo, no existe una guía clara acerca de la información que deberá presentarse para que se haga válida la escisión, consideró la fiscalista.

Noticias

Síguenos en redes