Critican ministros preferencia a CFE

Redacción

Dos integrantes del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) criticaron la prevalencia que se da a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el sector, de acuerdo con la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

En el debate de la acción de inconstitucionalidad —presentada por senadores de la oposición— contra la LIE, la ministra Loretta Ortiz Ahlf propuso declarar constitucional la legislación en la parte en que modificó la orden del despacho de energía para dar prioridad a las plantas productoras de la CFE, al considerar que esto no viola la prohibición de los monopolios.

Para declarar inválida la ley, o sea, para que no pase el proyecto de la ministra Ortiz Ahlf, se requieren ocho votos de los integrantes del pleno contra la propuesta de la ponente, cuyo debate concluirá mañana, cuando el resto de los ministros den a conocer su postura en el caso.

En tanto, en la sesión de ayer, el ministro Javier Laynez Potisek consideró que esta prevalencia sí es contraria a la Constitución.

“Considero que es inconstitucional (…) y que sí está haciendo una discriminación indebida esta prevalencia que se dio para el suministro y el despacho, lo dice el artículo 26, para: “(…) las centrales eléctricas legadas y las centrales externas legadas (…) le está dando un mandato a la Cenace para que le dé prioridad en el despacho, igual que los contratos legados”, dijo.

“Es muy claro que la ley lo que está haciendo es creando una prioridad en el despacho para las centrales eléctricas públicas (…) y creo que el texto constitucional vigente no permite, primero, establecer una prioridad en el despacho, que está hecha para las centrales públicas o para la electricidad, que exclusivamente produce la CFE”.

En cambio, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, observó que el apartado de la LIE que establece que la CFE podrá dar prioridad al uso de las redes estatales para el despacho de las centrales eléctricas legadas y de las centrales externas legadas con compromiso de entrega física, resulta violatorio del principio de libre competencia.

“Esto genera, sin duda, una desventaja tanto para las centrales de energías limpias como para las centrales convencionales que no han amortizado su inversión. De ahí que las nuevas centrales (…) limpias o convencionales no podrían competir con las centrales más antiguas, lo que, en consecuencia, afecta la libre competencia”, explicó.

“A mayor abundamiento, esta medida no resulta —desde mi perspectiva— proporcional, ya que el costo de implementarla es que vayan disminuyendo las centrales que puedan competir con costos unitarios bajos hasta el momento en que, cuando terminen su vida útil, no haya nuevas centrales que las suplan por haber sido desplazadas al no haber podido entrar al mercado y competir”.

Añadió que este punto tiene estrecha relación con el derecho a un medioambiente sano y consideró que no es posible “castigar a las generaciones futuras con medidas que, a corto plazo, pudieran resultar convenientes u oportunas”.

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