Con 19 votos los integrantes de la 64 Legislatura del Congreso del Estado aprobó la denominada Ley 3 de 3 que prohíbe a agresores sexuales, deudores alimentarios o culpables de violencia de género participar por un cargo de elección popular o dentro del servicio público.
Dicho dictamen fue enviado a los 60 ayuntamientos para su aprobación, en ese sentido dicha ley no aplicará para el proceso electoral que está en curso.
En el dictamen quedó está establecido que la ley aplicará para tres casos de prohibición uno de ellos se refiere a la sentencia firme, en el cual el implicado sea declarado responsable de violencia familiar o doméstica, o de violencia política contra las mujeres en razón de género.
Para el segundo punto se restringe a aquellos condenados de algún delito contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, o contra la intimidad sexual.
De igual forma, el responsable sea declarado deudor alimentario y se encuentre ausente en el cumplimiento de su obligación, o en el registro de algún padrón de personas deudoras alimentarias, salvo que sustente estar al corriente en el pago.