* La victoria fue impugnada por el PAN, que argumentó irregularidades en la integración de casillas electorales
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este lunes la validez de la elección en el distrito electoral federal 01 con cabecera en Apizaco, así como la constancia de mayoría a Alejandro Aguilar López, postulado por la coalición Sigamos Haciendo Historia, integrada por los partidos Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM).
En su momento, la validez de la elección fue impugnada por el Partido Acción Nacional (PAN), de manera particular el cómputo realizado por el Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE), al sostener que hubo irregularidades en la integración de las mesas directivas de casilla de esa jurisdicción y que la votación fue recibida por personas diferentes a las originalmente facultadas para ello.
Sin embargo, la Sala Regional resolvió que las personas funcionarias de casilla sí estaban facultadas para recibir la votación, al existir coincidencia entre la persona designada por el INE en el encarte respectivo, con la que desempeñó un cargo en la jornada electoral.
Cabe destacar que la impugnación presentada por el PAN contenía los mismos argumentos que en su oportunidad había presentado para controvertir el triunfo de la misma coalición Sigamos Haciendo Historia en el distrito 03 con cabecera en Zacatelco.
En aquella ocasión el PAN impugnaba los resultados de las actas de cómputos del Consejo Distrital del INE, pidiendo la nulidad de casillas argumentando que la votación del 2 de junio fue recibida por personas funcionarias no facultadas para hacerlo. Empero, como sucedió el pasado 12 de julio, los magistrados federales fallaron en contra de los argumentos esgrimidos por el blanquiazul.
Por otra parte, en la sesión de este lunes, la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF modificó la sentencia emitida en su momento por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) respecto de la elección de ayuntamiento en el municipio de Xiloxoxtla , con el objetivo de que analice los argumentos esgrimidos por el Partido Alianza Ciudadana (PAC), en el sentido de que debe analizar el contexto en el que presuntamente se cometió la violencia política por razón de género en contra de su candidata a la presidencia municipal, Ariadna Itzel Santiesteban Serrano.
“Si bien fue correcto que el TET iniciara un Procedimiento Especial Sancionador con el escrito que presentó el PAC porque implica cuestiones ocurridas una vez transcurrida la jornada electoral, dada la temática y obligación de juzgar con perspectiva de género también debió considerar los hechos referidos en el escrito para analizar el contexto en el que según el partido se dio la violencia política contra las mujeres, como causal de nulidad respecto de la elección del ayuntamiento referido”, fue la sentencia que emitió este lunes la Sala Regional.
Debe recordarse que en mayo pasado el PAC exhortó al gobierno del estado y al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para brindar protección y seguridad, luego de que el domicilio de su abanderada en Xiloxoxtla, fuera atacado a balazos.
En redes sociales la candidata descartó pérdidas de vida, ya que no se encontraba en su domicilio, sin embargo, exigió seguridad y protección para su familia y los habitantes del municipio.