Suprema Corte califica como válida y legal la reforma de vacaciones

La reforma de vacaciones no viola los principios de certeza jurídica, de no retroactividad y cuenta con fundamentos y motivación, determino la Corte.

“La reforma no viola el principio de irretroactividad de la ley porque no se desconoce algún derecho adquirido ni se modifican consecuencias jurídicas determinadas conforme a la legislación anterior que no puedan ser alteradas. Esto, tomando en cuenta que el patrón no tiene derecho a que el periodo de vacaciones pactado en un contrato de trabajo permanezca inamovible, sino que tales contratos están sujetos a revisión y, necesariamente, deben observar las normas que establecen un mínimo de derechos en favor de la clase trabajadora”, informó la SCJN en un comunicado.

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