P. Sánchez
Los municipios tienen que actuar y poner alto al exceso en la venta y consumo de bebidas alcohólicas, además de operativos como el alcoholimentro y la restricción en las carreteras de conducir bajo estado de ebriedad.
Este llamado, fue hecho por el secretario de Gobierno, Luis Antonio Ramírez Hernández, al señalar que es necesario inhibir el consumo de bebidas alcohólicas y evitar tragedias en las carreteras, así como atender las disposiciones legales y regulación.
En cuanto al gobierno del estado dijo, existe el Decreto 52 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, que regula en la entidad y sus 60 municipios las limitaciones y horarios en la venta y consumo de bebidas alcohólicas, y que a más de dos años de su publicación la realidad es muy diferente, porque constantemente se dan a conocer tragedias a causa de conductores en estado de ebriedad.
Por ello, expuso que la autoridad estatal tiene ciertas políticas para lograr esta disminución y eliminación del consumo de alcohol en el manejo, sin embargo, dijo que las autoridades municipales tienen que vigilar la observancia de las disposiciones en eventos masivos, espectáculos y otras concentraciones o festividades, así como verificar los sitios para el control sonbre la venta y consumo de alcohol, situación que no ha sido la adecuada y que lleva a resultados nulos.
Ellos dijo, deberán reforzar mecanismos operativos en términos de regulación, ademas de actuar en materia de tránsito en sus respectivas demarcaciones, para detener a conductores en estado de ebriedad y con exceso de velocidad, para evitar accidentes y tragedias lamentables.
Cabe destacar, que algunos funcionarios, tanto actuales como anteriores, poseen licencias para la venta de alcohol, lo que ha influido en la falta de aplicación efectiva de las regulaciones.
Por tanto, la ley señala que bares, cervecerías, antros y lugares de degustación, así como cervecerías artesanales, deberán de operar de domingo a jueves en un horario de 10:00 a 01:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en horario de 10:00 a 02:00 horas del día sighiente.
En tanto, otros negocios como billares, baños públicos y boliches de 11:00 a 23:00 horas, pulquerías de 11:00 a 19:00 horas y depósitos, agencias, distribuidoras, destilerías y boutiques de cerveza artesanal de 10:00 a 23:00 horas.
Además, que de acuerdo al marco normativo serán las autoridades municipales las que deberán regular el consumo de alcohol en la calle y la venta en tendajones.
Finalmente, el titular de la Secretaría de Gobierno (Segob), Luis Antonio Ramírez Hernández, agregó que el compromiso de la autoridad estatal es atender estos temas e involucrar y coadyuvar a los municipios a esta regulación.
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