Aldo Romero
La Diputada Madaí Pérez Carrillo presentó la iniciativa de reforma al Código Penal local para tipificar las competencias vehiculares ilícitas en la vía pública.
Pérez Carrillo recordó que la madrugada del pasado 3 de octubre se realizó una competencia clandestina convocada por redes sociales, congregando a cerca de 50 conductores en el Bulevar Ocotlán de Tlaxcala capital, actividad que terminó con un choque múltiple y una joven de 22 años lesionada, sin que se reportaran detenciones
La Diputada señaló que los arrancones exponen a un riesgo grave a peatones, vecinos, conductores ajenos y espectadores; señalando que la legislación estatal y ordenamientos municipales muestran que este tipo de actividades están prohibidas en todos los niveles, pero solo como falta administrativa.
Enfatizó que la conducta está prohibida, pero la respuesta jurídica es una multa de tránsito para quien conduce y ninguna consecuencia para quien convoca u organiza, y como no es delito, la policía no tiene flagrancía que le permita detener a nadie antes de que ocurra un siniestro
En ese sentido, la Diputada propuso tipificar el delito de competencias vehiculares ilícitas para sancionar con hasta tres años de prisión y multas de hasta 58 mil 655 pesos a quien, conduciendo un vehículo automotor, participe sin autorización de la autoridad competente en carreras, arrancones, pruebas de aceleración o de velocidad, contra otro u otros vehículos o contra reloj, o en exhibiciones de derrapes, giros o deslizamientos, en una vía pública abierta a la circulación o en la que se encuentren personas ajenas a la conducción.
Las mismas penas se impondrán a quien, sin autorización, cierre, obstruya o controle el acceso a una vía pública con el fin de que se realicen las competencias vehiculares ilícitas.
La propuesta establece que, cuando por culpa y con motivo de tránsito de vehículos se cometa homicidio y el sujeto activo se encuentre participando en una competencia vehicular ilícita, se le impondrá de cinco a diez años de prisión y una multa de hasta 88 mil 117 pesos.
Asimismo, se procederá a la suspensión del derecho a conducir vehículos automotores hasta por diez años. Si en las mismas circunstancias se causan lesiones, las penas que correspondan conforme al primer párrafo de este artículo se aumentarán en una mitad
Las penas previstas se aumentarán en una mitad cuando la competencia ilícita se realice en zonas escolares u hospitalarias, en zonas habitacionales o en vialidades por las que circule transporte público de pasajeros; cuando el sujeto activo conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que impidan o perturben su adecuada conducción, y cuando el sujeto activo sea persona servidora pública en materia de seguridad, movilidad o tránsito.













