El 20 de diciembre es la fecha límite para que tu patrón te pague lo correspondiente a tu aguinaldo.
La Ley Federal del Trabajo establece en el Artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a esta prestación.El aguinaldo equivale a 15 días de salario, por lo menos.
La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma.En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.
¿Qué hacer si no te pagan el aguinaldo?
El trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes, esto es, Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo.
Vía telefónica al 5998-2000, extensiones 44740 y 44741 o al 8007172942.En este caso, la Procuraduría te brinda asesoría legal gratuita.
En un inicio, el abogado puede intentar una mediación entre el patrón y el trabajador antes de iniciar un proceso de demanda.