Clausura Profepa empresa Dlum México en Tlaxcala

  • Por el irregular manejo de residuos peligrosos; se aseguraron 25 toneladas.

Isabel Miranda

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal a la empresa DLUM MEXICO, S.A. DE C.V., en el municipio de Tepeyanco, Tlaxcala, por el irregular manejo de residuos peligrosos, lo que contraviene la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

En visita de inspección personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en Tlaxcala constató que la citada empresa carece de dispositivos para contener posibles derrames, tales como muros, pretiles de contención o fosas de retención para la captación de los residuos en estado líquido o de los lixiviados;  pasillos que permitan el tránsito de equipos mecánicos, eléctricos o manuales; así como el movimiento de grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia, señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los residuos peligrosos almacenados, en lugares y formas visibles.

Además, tampoco cuenta con sistemas de extinción de incendios y equipos de seguridad para atención de emergencias, acordes con el tipo y la cantidad de los residuos peligrosos almacenados. Tampoco se considera la incompatibilidad de los residuos peligrosos almacenados conforme a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-054-SEMARNAT-1993, que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005.

Cabe señalar que la empresa DLUM MEXICO, S.A. DE C.V., cuenta con una Autorización por parte de la SEMARNAT para prestar el servicio de acopio de residuos peligrosos de terceros, como son: aceite lubricante gastado; estopas con aceite y grasa; basura contaminada, estopa y trapos con pintura; cartón con aceite y pintura; químicos caducos; thinner; diésel; gasolina; lodos de planta de tratamiento; lodos de cianuro.

También lodos fosfatados; lodos de galvanoplastía; refrigerantes; alcohol; lodos con hidrocarburos; aditivos; solventes; líquidos corrosivos; líquidos no corrosivos; filtros de metal y cartón; botes de plástico y metal que contuvieron grasa; aceite; puntura; tambores; acumuladores; baterías eléctricas; y lámparas fluorescentes, excepto bifenilos policlorados.

Sin embargo, la empresa incumplió con las condicionantes de la Autorización antes mencionada, por lo que hace un manejo inadecuado de los residuos peligrosos ocasionando daños al medio ambiente. Además afecta la seguridad de las personas que pueden entrar en contacto con los residuos debido a que almacena éstos a granel a cielo abierto.

Asímismo, la PROFEPA procedió al aseguramiento precautorio de los residuos peligrosos que constan de: 12 contenedores de metal de 200 litros de capacidad con aceite usado; 6 contenedores  metálicos de 200  litros de capacidad con material impregnado; 1 porrón de plástico de 1000 litros con yute contaminado; 11  contenedores metálicos de 200  litros de capacidad con material balatas usadas; 36  contenedores  metálicos de 200  litros de capacidad con pintura Gelada; 3 contenedores  metálicos de 200  litros de capacidad con tierra contaminada; 2 cubetas de plástico con una capacidad de 20 litros con pintura Gelada.

Aunado a 8  cubetas de plástico con una capacidad de 20 litros con aceite gastado; 20.35 metros cúbicos de rollos y fibra de vidrio térmica; 4 contenedores vacíos metálicos de 200  litros de capacidad con equipo de protección personal contaminado;  16  cubetas vacías impregnadas de pintura;  14 porrones con una capacidad de 40 litros con aceite gastado;  2 totes de plástico de 1000 litros de capacidad vacíos; 1  tote de plástico de 1000 litros  con aceite gastado.

También 6 contenedores  metálicos de 200  litros de capacidad con filtros usados;  14  contenedores  metálicos de 200  litros de capacidad con yute contaminado; 3  contenedores  metálicos de 200  litros de capacidad con solvente sucio; 25 cubetas de plástico de 20  litros con  residuos de  pintura; y 9 contenedores vacíos que contuvieron aceite sucio solamente; filtros de aire; aceite usados; 40 metros cúbicos de residuos a granel consistente en equipo de protección personal usado, envases que contuvieron materiales peligrosos, trapo, plástico, impregnados con aceites y pinturas.

Lo anterior, con la finalidad de evitar el manejo inadecuado de estos residuos peligrosos, así como su disposición en sitios no autorizados para su manejo y evitar el deterioro o la destrucción que los elementos naturales puedan sufrir.

Dicha acción se llevó a cabo de conformidad con lo establecido el Art 3 Frac. I de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, lo que se considera de utilidad pública, en uso de las atribuciones que confiere los inspectores actuantes los Artículos 47, 68 Fracciones XI y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 170 Fracciones I y II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 101 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

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