MANDATAN PUBLICAR RESEÑA DE LA BANDERA DE MÉXICO

Redacción Congreso del Estado

Por mayoría de votos, el Pleno de la LXII Legislatura Local aprobaron el acuerdo por el que se mandata al  Congreso del Estado de Tlaxcala, a través de la Comisión Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, se publique la reseña de la Bandera de México, en los periódicos de mayor circulación del Estado, el 24 de febrero de cada año.

Durante la presentación del acuerdo, el diputado J. Carmen Corona Pérez, enfatizó que para promover la cultura patriótica en la ciudadanía tlaxcalteca, la LXI Legislatura del Congreso de Estado, promulgó el Decreto número 305, de fecha 29 de diciembre de 2016, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado con fecha 30 del mismo mes y año, con el objetivo de impulsar, incentivar y fomentar la Cultura Patriótica en el Estado de Tlaxcala y para reafirmar los valores que hoy sustentan nuestro orden jurídico, social y cívico de la ciudadanía.

En este tenor, Corona Pérez apuntó que con base en el numeral 10 del citado Decreto, el Congreso del Estado de Tlaxcala a través de la Comisión Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, se encargará de que, en forma anual, el 24 de febrero, sea publicada la reseña de la Bandera Nacional y el 22 de abril la del Estado de Tlaxcala, en los periódicos de mayor circulación del Estado; al tiempo que subrayó que  desde la época prehispánica, tanto los aztecas como los tlaxcaltecas y los tepacnecas, utilizaban estandartes con distintos símbolos que los identificaban con su gobernante o con su Estado, por lo que de manera específica podemos aseverar que  la Bandera Mexicana es la que reafirma con mayor énfasis, el sentimiento de nuestro nacionalismo, y se encuentra estrechamente asociada con la idea de Patria, vínculo sagrado, común e indisoluble entre las generaciones pasadas, presentes y futuras de nuestra sociedad.

En otro orden de ideas, el Pleno avaló el acuerdo formulado por la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, por los que determina que no ha lugar a iniciar los procedimientos de suspensión ni de revocación de mandato en contra de las ciudadanas Anabell Avalos Zempoalteca, en su carácter de presidenta municipal de Tlaxcala, ni en contra del ciudadano Héctor Martínez García, en su carácter de síndico municipal de Tlaxcala, promovido por la ciudadana Oralia Sarmiento Zempoalteca, en representación de José Gilberto Temoltzin Martínez.

La lectura del acuerdo, estuvo a cargo del Diputado Ignacio Ramírez Sánchez, quien señaló que el ciudadano José Gilberto Temoltzin Martínez no tiene el carácter de Gobernado de la Autoridad Municipal de Tlaxcala, Tlaxcala, por lo que es claro que no le asiste el derecho para pedir la suspensión y/o revocación del mandato de quienes ostentan los cargos relativos, puesto que no se encuentra en relación de supra a subordinación respecto a ellos, siendo ésta condición indispensable para que los particulares puedan instar el procedimiento correspondiente; además de que tampoco le asiste interés jurídico para solicitar la suspensión o revocación de mandato a que se refiere este asunto, pues no obstante que su apoderada señaló, en su escrito que se provee, que él ostenta algún derecho real con relación al predio en que se construyó la obra pública consistente en un “polideportivo” denominado “Carlos Castillo Peraza”, de la que derivan las supuestas irregularidades que indica, se advierte que no precisó la consistencia de ese supuesto derecho real, y menos aún lo acredito documentalmente, como correspondía.

Así también, el Pleno aprobó el acuerdo por el que se determina que no ha lugar a iniciar procedimiento de revocación de mandato en contra de la ciudadana Ma. Catalina Hernández Águila, en su carácter de Presidenta Municipal de Acuamanala de Miguel Hidalgo, promovido por los ciudadanos Javier Cuatepitzi Corte, J. Alejandro Vicente Águila Lara, Martha Cuahtepitzi Pérez, María de los Ángeles Cuatepitzi Pérez, Francisco Ocaña Espinoza y Víctor Marcelino Sánchez Meza, en sus respectivos caracteres de Síndico Municipal; tercero, cuarto y quinto regidores y presidentes de las comunidades de la “Sección Segunda Guadalupe Hidalgo” y “Sección Tercera Chimalpa”, del citado municipio, quienes la acusan de que tiene laborando como Director de Obras del citado Ayuntamiento a una persona que se encuentra inhabilitada y por supuestamente golpear a vecinos de dicha comuna.

 

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