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OFS sin facultad para auditar recursos federales ejercidos por municipios: SCJN

Control de fiscalización superior en un edificio moderno con fachada de vidrio y señalización en letras rojas.


Redacción

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los recursos federales ejercidos por los municipios serán auditados exclusivamente por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y no por los organismos auditores estatales.

Así lo estableció el pleno de la Corte tras declarar inválidos el informe de resultados y los acuerdos del Congreso de Tlaxcala que dieron por revisada y fiscalizada la cuenta pública correspondiente del 1 de julio al 31 de diciembre del 2024 del municipio de Contla de Juan Cuamatzi, con base en auditorías practicadas por el Órgano de Fiscalización Superior de Tlaxcala (OFS).

Dicha cuenta pública habría resultado en sentido no aprobado tras observarse irregularidades financieras por 8 millones 372 mil 929 pesos, en específico de fondos federales como el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM), el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (FORTAMUN) y otras participaciones federales.

Tras la dictaminación por parte del Congreso de Tlaxcala, el Ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi presentó la Controversia Constitucional 245/2025 alegando que el OFS de Tlaxcala se habría excedido en sus facultades al auditar recursos de procedencia federal fuera de competencia.

El proyecto que da la razón al Ayuntamiento de Contla fue presentado ante el pleno por la ministra Loretta Ortiz Ahlf , quien también reconoció que no existe un convenio de coordinación con la ASF y los organismos auditores estatales como el caso del OFD Tlaxcala.

Asimismo, la ministra señaló que el Congreso de Tlaxcala deberá emitir un nuevo decreto en relación a la cuenta pública del Municipio de Contla de Juan de Cuamatzi, correspondiente al ejercicio fiscal 2024, a fin de atender lo expuesto en la controversia constitucional, “en el entendido de que quedan expeditas las facultades del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala para que realicé las investigaciones correspondientes y promueva las acciones que estime procedentes”.

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