AVALAN REFORMAS A DIVERSAS LEYES PARA QUE  EDUCACIÓN SEXUAL SEA OBLIGATORIA EN EDUCACIÓN BÁSICA

Redacción Congreso del Estado

Con la finalidad de que la educación sexual sea obligatoria en los diferentes niveles de educación básica, el Pleno de la LXII Legislatura avaló el dictamen de las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, por el que se reforman diversas disposiciones de las leyes de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, de Salud y la de Educación Local, todas del Estado de Tlaxcala.

La iniciativa en cuestión fue puesta a consideración del Pleno por las diputadas Dulce María Mastranzo Corona y Floria María Hernández Hernández, y en la que se dijo que con esto se busca establecer como obligatoria la educación sexual en los niveles primaria y secundaria, así como el deber jurídico de las autoridades estatales, relativo a propiciar un ambiente libre de violencia sexual a favor de niñas, niños y adolescentes en el Estado, mediante la implementación de determinados programas, teniendo como propósito la ampliación de los derechos humanos de la citada categoría de sujetos, así como dotar de mecanismos para realizar los mismos, a través de la prestación específica de ciertos servicios de educación y salud.

De igual manera, se recordó que  esta propuesta de reforma a  diversas disposiciones de la ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala, de la ley de Salud para el Estado de Tlaxcala y de la ley de Educación del estado de Tlaxcala,  fue presentada por la legisladora Sandra Corona Padilla el pasado 5 de mayo del año en curso, y en donde destacó la importancia de hacer cambios a estos ordenamientos, a fin de que se garantice a las niñas, niños y adolescentes a tener una educación sexual que les proporcione información objetiva y veraz acerca del ejercicio de la sexualidad, métodos anticonceptivos y de protección contra infecciones de transmisión sexual, con el objetivo de prevenir el embarazo en adolescentes.

Durante la sesión, se señaló que con la adecuación a los preceptos citados, se busca garantizar el acceso a los servicios de interrupción legal del embarazo por violación a las niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual, de acuerdo a la norma oficial mexicana identificada con el número NOM-046-SSA2-2005, denominada “Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención”; que  se provea gratuitamente métodos anticonceptivos de emergencia y medicamentos retrovirales  a niñas, niños y adolescentes que hayan sido víctimas de violencia sexual; se establezcan mecanismos gratuitos de atención, asesoría, orientación y protección de niñas, niños y adolescentes involucrados en una situación de acoso o violencia escolar; y la aplicación de las sanciones que correspondan a las personas responsables de planteles educativos, centros de asistencia social, personal docente o servidores públicos que realicen, promuevan, propicien, toleren o no denuncien actos de acoso o violencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones aplicables, entre otras.