Dora Rodríguez consideró como carente de fundamentación la integración de las quintetas finales del INE, por eso fue al TEPJF

Georgina Ballesteros

Luego de aclarar que no duda de la capacidad de las mujeres seleccionadas como finalistas en el penúltimo proceso de integración del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), y tras haber concluido las cuatro etapas que contemplaba el proceso de selección de dos consejeras y dos consejeros Electorales, la actual integrante del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, Dora Rodríguez Soriano, a toro pasado, dio a conocer en su perfil personal que presentó su impugnación mediante un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales, expediente SUP-JDC-1605/2020, señalando de manera textual al considerar que se le desechó del proceso sin fundamentación alguna.

Rodríguez Soriano, escribió que el acuerdo del Comité Técnico de Evaluación “no contiene el dictamen razonado que funde y motive las razones por las que el Comité Técnico de Evaluación seleccionó a los veinte mejores perfiles que integran las cuatro quintetas que se enviaron a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura para la elección de cuatro consejeras y consejeros que durarán en su encargo nueve años.

Y que dicho Comité remitió la lista de quintetas sin haberse apegado a los principios de certeza, legalidad, objetividad e imparcialidad, observándose un sesgo desde la realización de las entrevistas y la forma en que estas fueron realizadas, tal y como en su momento lo señaló uno de los sinodales, concretamente en el Dr. Ackerman.

“El diferendo no fue solamente con respecto a dos personas de la lista de mujeres y una persona de la lista de nombres, sino sobre el perfil del conjunto de los 20 candidatos que la mayoría del Comité Técnico buscaban promover a la siguiente etapa”, dijo el mencionado académico.
Y dijo que en ningún momento, con su queja, buscaba descalificar a quienes resultaron seleccionadas y seleccionados para integrar las quintetas.

Ante ello consideró que el acuerdo remitido por el Comité Técnico de Evaluación, carece de elementos de fundamentación y motivación así como de análisis exhaustivo que justifique la integración de la lista remitida, “puesto que es visible de las páginas 16 a la 26 el número de folios seleccionados, el nombre de las y los aspirantes y un resumen curricular, que no contiene elementos cuantitativos ni cualitativos de evaluación que generen certeza y que atiendan a los principios de legalidad, objetividad y profesionalismo de la función electoral y a los criterios específicos para evaluar la idoneidad de las y los aspirantes”.

Finalmente, dijo que su asistencia al Tribunal fue al considera que le causo agravio, “que el Comité de Evaluación no cumplió con el criterio de aleatorio indicado en la metodología diseñada y aprobada por ellas y ellos mismos; fue claro que ordenar de manera de mayor a menor el número de los folios de las y los aspirantes en modo alguno cumple con el criterio porque el atributo es conocido, es decir, conocían los números de folio de las aspirantes, faltando a la legalidad”.

Por otra parte, escribió que el Comité Técnico de Evaluación tampoco fue exhaustivo en analizar e identificar que al designar a una de las aspirantes que fue incluida en las quintetas, se estaba poniendo en riesgo la imparcialidad del Consejo General del INE, en el caso de que la aspirante llegará a ser designada como consejera electoral, en virtud del parentesco con uno de los actuales integrantes del máximo órgano de dirección del INE, ante un eventual pero evidente conflicto de interés. Esa discusión debió formar parte en el dictamen que debió sustentar la integración de las quintetas si decidieron incluirla.

Otra omisión en que incurrió el Comité Técnico Evaluador_ aun cuando cuatro de sus integrantes fueron mujeres, una de ellas feminista_ es haber integrado sólo dos quintetas de mujeres, una medida afirmativa obligada si atendemos la larga brecha de género en la integración del Consejo General del INE desde el otrora IFE, 52 hombres designados como consejeros y sólo 17 mujeres, lo cual no sólo agravió a mi persona, sino al resto de las aspirantes y mujeres de nuestro país.

Por todo lo anterior, en congruencia con los principios que defiendo, recurrí al TEPJF para solicitar la reposición del procedimiento de las entrevistas observando la certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad y Máxima publicidad; de la que adoleció el Comité Técnico al no integrar tres quintetas de mujeres.

Y dijo que fue escuchada en audiencias virtuales por todas las ponencias de la Sala Superior, excepto por el magistrado Vargas Valdéz, y finalmente el 21 de julio la Sala Superior resolvió acumular los expedientes de mi queja y el de la ciudadana y colega, Diana Talavera, declarar su improcedencia por la conclusión de funciones del Comité Técnico de Evaluación, con un voto en contra del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y un voto concurrente de la Magistrada Janine Otalora Malasis, en el que señaló la necesidad de que la Cámara de diputados incluya el criterio que prevé el artículo 41 constitucional sobre la integración de la cámara de diputados y diputadas; senadores y senadoras, es decir, garantizar que la integración del Consejo General del INE sea integrado de manera alternada con el número impar ocupado por una mujer y en la siguiente por un hombre; lo que en algo contribuirá a resarcir la grave sub-representación de las mujeres en el Consejo General del INE.

Finalmente, consideró que este proceso deja grandes lecciones para todos y todas quienes participaron en el proceso de selección, ya que “nuestra democracia se debe fortalecer, desafortunadamente no se logró el objetivo de que fuera un proceso libre de vicios por la lamentable actuación del Comité Técnico de Evaluación en la fase final del proceso”.
Y lamentó se hayan filtrado las cuatro quintetas antes de que se hiciera la entrega formal en el acto citado para el 16 de julio a las 12:00 horas a la Cámara de Diputados.

Noticias

Síguenos en redes