Confirma TEPJF triunfos de Morena en Tlaxcala y Santa Cruz Tlaxcala


* También confirma elección de Margarito Juárez Cruz en San Felipe Cuauhtenco, de Contla de Juan Cuamatzi
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la noche de este lunes el triunfo de la elección de ayuntamiento en el municipio de Tlaxcala, así como la entrega de la constancia de mayoría favor del morenista Alfonso Sánchez García, el cual fue impugnado por el Partido Acción Nacional (PAN).
Asimismo, confirmó la validez de la elección de ayuntamiento en el municipio de Santa Cruz Tlaxcala, así como la entrega de la constancia de mayoría a Omar Maldonado Tetlamatzi, postulado por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
En el caso de la capital, la Sala Regional resolvió que el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) “sí hizo el estudio a fondo de la controversia planteada” y sí analizó debidamente la ley electoral, situación por la cual declaró “inoperantes” los argumentos panistas “porque resultan vagos e imprecisos”.
En su oportunidad, el PAN había argumentado irregularidades en el número de boletas electorales e incluso del rebase del tope de campaña por parte de Alfonso Sánchez García, argumentos que fueron calificados como inoperantes por el Pleno del TET.
Referente a la elección en Santa Cruz Tlaxcala, la Sala Regional Ciudad de México calificó como “afirmación errónea” el argumento impugnativo de que en el 80 por ciento de las casillas electorales hubo boletas de más, por lo cual confirmó la validez de los comicios en esa jurisdicción.
Por otra parte, la Sala Regional también confirmó la resolución del TET que ordenó al ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi la toma de protesta como presidente de comunidad de San Felipe Cuauhtenco a quien se eligió en la asamblea comunitaria del 21 de enero, es decir, a Margarito Juárez Cruz, así como el pago de sus respectivas remuneraciones.
“El tribunal local sí analizó exhaustivamente las constancias del expediente de origen, a partir del material probatorio, conforme a las cuales concluyó que era válido que a la persona que resultó electa se le tomara protesta como titular de la presidencia de comunidad por el periodo restante para el mismo, y que la toma de protesta está a cargo de quien ejerza la presidencia municipal del ayuntamiento”, resolvieron los magistrados federales.

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