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TEPJF invalida nombramiento del Órgano Interno de Control del TET y ordena reponer el proceso



M. Hernández

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló el procedimiento mediante el cual el Congreso de Tlaxcala designó a la persona titular del Órgano Interno de Control (OIC) del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), al considerar que dicha acción vulneró la autonomía e independencia de este órgano jurisdiccional.

La resolución deriva de una impugnación presentada contra el nombramiento aprobado por el Legislativo local, en la que se argumentó que el proceso afectó el derecho a competir por un cargo público en condiciones de legalidad e igualdad.

Tras analizar el caso, el magistrado Felipe Fuentes Barrera propuso declarar inválido el procedimiento, al sostener que la legislación estatal contradice la Constitución federal, pues otorga al Congreso una facultad que corresponde exclusivamente al propio TET.

Durante la sesión pública, el pleno del TEPJF determinó que los tribunales electorales locales son entes autónomos y, por lo tanto, sus órganos de control interno no deben depender de decisiones de otros poderes estatales.

Con ello, estableció que la designación realizada por el Congreso carece de efectos jurídicos.

El Tribunal Electoral de Tlaxcala deberá emitir de inmediato una nueva convocatoria para elegir al titular del OIC conforme a los criterios de independencia institucional.

Además, se dio vista a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con copia certificada de la sentencia, debido a la inaplicación de la norma local en el caso SUP-JDC-2501/2025.

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