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Acreditó TET VPMRG denunciada por Síndica de Españita

Hombre en traje oscuro hablando en un podio durante un evento oficial en Tlaxcala, México.



Redacción

Por mayoría de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), declaró acreditada la Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género (VPMRG) denunciada por la Sindica del Municipio de Españita, dentro del Procedimiento Especial Sancionador identificado con el número TET-PES-001/2026.

El asunto se analizó con perspectiva de género, quedando acreditada la omisión de dar respuesta a diversos oficios de solicitud dirigidos al presidente municipal, la tesorera municipal y la secretaria del Ayuntamiento de Españita, relacionados con el ejercicio del cargo de la actora, intervenciones que no fueron asentadas en las actas de Cabildo y una instrucción al personal del Ayuntamiento para que no brindaran información a la síndica municipal.

También se tuvo por acreditada que durante una reunión sostenida en la Secretaría del Ayuntamiento con fecha 17 de enero de 2025, el presidente municipal le refirió a la denunciante que si no firmaba la cuenta pública, el contralor podría hacerlo en su lugar y que ello implicaría que ya no podría tomar decisiones, así como diversas expresiones en las que se reproducen estereotipos de género y se minimiza su capacidad por ser mujer.

Se destacó que en los dictámenes periciales en materia de psicología practicados a la quejosa por especialistas adscritos a la Coordinación de Género y no Discriminación del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) así como por la Secretaría de las Mujeres, fueron coincidentes en concluir que la denunciante presenta afectaciones emocionales y cognitivas asociadas a los referidos actos de violencia política de género.

Por otra parte, los informes en materia de trabajo social que emitieron las citadas instituciones concluyeron que la participación de la denunciante dentro del Ayuntamiento ha estado marcada por dinámicas de exclusión, intimidación y obstrucción, lo que evidencia que la violencia no solo se expresa en actos individuales, sino también en prácticas institucionales.

En ese sentido se confirmó que las conductas en contra de la síndica ocurrieron en el ejercicio de funciones públicas; fueron dirigidas a una mujer en el desempeño de un cargo de elección popular, se basaron en estereotipos de género y tuvieron como resultado obstaculizar, invisibilizar y limitar el ejercicio de su cargo, colocándola en una situación de desventaja frente a sus pares.

Por lo anterior, con dos votos a favor, se declaró la existencia de violencia política contra la mujer en razón de género, por lo que se aprobó sancionar la conducta infractora imponiendo una multa equivalente a 100 unidades de medida y actualización vigente en el estado, además de que se ordenó al presidente municipal de Españita, como medida de satisfacción y no repetición, que se inscriba y concluya de manera satisfactoria un curso en materia de Violencia Política Contra la Mujer en Razón de Género.

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