La Diputada Lorena Ruíz García, propuso reformar la Ley Laboral de los Servidores Públicos para que los centros de trabajo otorguen un permiso a las mujeres que han sido víctimas de violencia.
La iniciativa busca reconocer expresamente el derecho de las trabajadoras a un permiso de 3 a 5 días hábiles con goce íntegro de sueldo cuando deban acudir ante las autoridades competentes con motivo de presentar una denuncia o querella por violencia familiar o de género; ratificar, ampliar o dar seguimiento a una denuncia de declaración; solicitar, tramitar o dar seguimiento a órdenes o medidas de protección; comparecer en audiencias judiciales, participar en diligencias ministeriales y judiciales; acudir a la práctica, ratificación o ampliación de dictámenes periciales; comparecer ante el Centro de Justicia para las Mujeres; realizar actuaciones relacionadas con la protección o con el ejercicio de la representación de los derechos de alguna niña, niño o adolescente y personas dependientes.
Dicho permiso deberá otorgarse sin afectación al salario, antigüedad, prestaciones, estímulos, vacaciones, evaluación del desempeño o cualquier otro derecho laboral.
Así mismo, la Diputada propone la posibilidad de prórroga cuando la autoridad competente haya emitido una medida u orden de protección cuya duración o ejecución requiere la continuidad de las actuaciones de la trabajadora.
Como mecanismo de acreditación del referido permiso, la iniciativa propone un proceso «sencillo y respetuoso de la privacidad», pues la solicitante deberá presentar copia de la denuncia ante la Fiscalía General de Justicia del Estado o autoridad competente; la constancia del inicio del trámite ante el Centro de Justicia para Mujeres; constancia expedida por una autoridad ministerial judicial pericial o administrativo; constancia correspondiente a la solicitud o seguimiento de una orden a medida de protección; cualquier documento oficial que permita acreditar la necesidad de comparecer ante una autoridad por los hecho relacionados
Se aclara que la autoridad laboral no puede exigir una narración de los hechos, copias de declaraciones, datos del emisor, información médica pericial o cualquier otro dato que resulte innecesario para justificar la ausencia
En ese sentido, y para evitar la exposición o revictimización, los documentos deberán incorporarse a un registro administrativo de carácter confidencial y con acceso restringido exclusivamente al personal que intervenga en la administración del permiso, mientras que en el expediente laboral ordinario deberá sentarse únicamente la existencia del permiso y el fundamento de su procedencia sin incorporar información sobre los hechos; la información deberá tratarse conforme a la legislación aplicable en materia de protección de datos personales.
La Diputada Ruíz García señaló que el permiso no podrá generar sanción, descuento salarial, cambios injustificados de adscripción, disminución de prestaciones, afectación de evaluación, hostigamiento, acoso, discriminación, terminación de la relación laboral o cualquier otra represalia.
«La finalidad de la iniciativa es garantizar que la mujer puede ejercer derechos que ya se encuentran reconocidos en el orden jurídico, particularmente lo relacionados con la denuncia, la protección frente a la violencia y el acceso a la justicia», explicó.











