Presentan en el Congreso iniciativa de reforma legal para despenalización del aborto

Demian Márquez

Debido a que la interrupción clandestina del embarazo es una de las principales causas de muerte entre las mujeres tlaxcaltecas, la diputada Lorena Ruíz García, presentó la iniciativa de reforma para despenalizar el aborto en la entidad.

Además, que el sistema de salud, pueda garantizar que el mismo se pueda realizar de manera gratuita siempre y cuando se realice antes de las 12 semanas de gestación.

Por ello, en la sesión ordinaria, la diputada presentó una iniciativa de reforma al Código Penal y a la Ley de Salud de la entidad, a fin de establecer nuevos criterios y medidas para garantizar la interrupción del embarazo en condiciones de salud e higiene que no pongan más en riesgo a la salud de las mujeres.

Por su parte, el coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (PT), Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, dio a conocer que la interrupción clandestina del embarazo es una de las principales causas de muerte, seguidas de las hemorragias obstétricas y las enfermedades hipertensivas.

Por ello, consideró que tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el que determinó que no corresponde al Estado conocer o evaluar las razones para continuar o interrumpir su embarazo, porque pertenecen a la esfera de la intimidad de la mujer, es necesario que en Tlaxcala se despenalice el aborto.

Para tal fin, propuso una serie de reformas y adiciones al Código Penal, a fin de establecer que se considerará aborto a la interrupción del embarazo después de la 12 segunda semana de gestación, para los efectos de este Código, el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.

Además, propuso al pleno una reforma para establecer que se impondrá de 15 días a dos meses de prisión y multa de 18 a 36 días de salario, a la mujer o persona con capacidad de gestar que voluntariamente procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar después de las 12 semanas de gestación.

“La misma sanción se aplicará al que haga abortar a una mujer o persona con capacidad de gestar, a solicitud de ésta, con tal que no se trate de un abortador de oficio o de persona ya condenada por ese delito, pues en tal caso la sanción será de dos a tres años de prisión, cuando faltare el consentimiento de la mujer o persona con capacidad de gestar, la prisión será en todo caso de tres a siete años, y si mediare violencia física o moral de seis a diez años”.

En tanto, la legisladora Lorena Ruíz, sostuvo, que a fin de hacer efectivas las enmiendas al Código Penal, se requiere que el sector salud de la entidad esté en condiciones de practicar la interrupción legal del embarazo dentro de las primeras 12 semanas de gestación, “siempre y cuando las personas, interesadas así lo soliciten, de manera gratuita y en un plazo de cinco días a partir de la solicitud”.

Para esto, previeron en la iniciativa que las instituciones de salud tendrán la obligación de proporcionar a la mujer o persona gestante información imparcial, objetiva, veraz y suficiente sobre la interrupción legal del embarazo, para que pueda tomar la decisión de manera libre, informada y responsable.

En este sentido, la interrupción del embarazo deberá realizarse en un término de cinco días, contados a partir de que sea presentada la solicitud, aun y cuando la persona solicitante cuente con algún otro servicio de salud público o privado.

La iniciativa fue remitida a comisiones a fin de que realice su análisis, estudio y dictamen correspondiente.

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