Lizeth Cuahutle
El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala determinó que el juicio de amparo promovido por integrantes del Ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi no era la vía legal para impugnar las actuaciones realizadas por el Congreso del Estado dentro del procedimiento de juicio político.
La resolución corresponde al juicio de amparo 295/2026 y establece que los actos derivados de un procedimiento de juicio político no pueden ser combatidos mediante ese mecanismo jurídico.
El Congreso del Estado informó que la resolución considera que las actuaciones realizadas por el Poder Legislativo se encuentran dentro de las facultades que le otorga la Constitución y señaló que el criterio coincide con precedentes emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para este tipo de asuntos.
Sin embargo, el proceso relacionado con el caso de Contla continúa, ya que permanece pendiente la resolución de la controversia constitucional que actualmente analiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Por ello, la resolución del Juzgado de Distrito únicamente se refiere a la improcedencia del juicio de amparo como medio de impugnación y no resuelve el fondo del conflicto que sigue en revisión ante la Suprema Corte.












