Aldo Romero
El Congreso del Estado aprobó las bases del procedimiento interno para la dictaminación de las cuentas públicas correspondientes al ejercicio fiscal 2025 de los entes fiscalizables, las cuales comprenden el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del año pasado.
De acuerdo con la Comisión de Finanzas y Fiscalización, este procedimiento tiene como objetivo garantizar la transparencia y la rendición de cuentas por parte de los entes públicos sujetos a fiscalización.
Como parte del proceso, el Órgano de Fiscalización Superior (OFS) deberá entregar al Congreso, a más tardar el 15 de julio, el informe individual de resultados de la revisión y fiscalización de la cuenta pública de cada uno de los entes fiscalizables.
Posteriormente, la Comisión de Finanzas y Fiscalización analizará, sin excepción, los resultados de la revisión correspondientes al ejercicio fiscal 2025 para determinar, en cada caso, si la cuenta pública es aprobada o no. Con base en esa evaluación, elaborará el dictamen respectivo y lo someterá a la consideración del Pleno del Congreso.
La determinación se realizará con base en los parámetros previamente establecidos por la propia comisión, los cuales contemplan aspectos como la presentación de la cuenta pública; la existencia de probable daño patrimonial; los resultados de la fiscalización; omisiones en procedimientos de adjudicación, obras, adquisiciones o servicios; posibles casos de nepotismo; probables acciones fiscalizables indebidas; así como la atención y solventación de observaciones, recomendaciones, solicitudes de aclaración, promociones de facultad de comprobación fiscal, observaciones por probable daño patrimonial y promociones de responsabilidad administrativa.
En caso de que un ente fiscalizable no solvente ninguna de las observaciones emitidas, el porcentaje de cumplimiento será del 0 por ciento y la calificación correspondiente será de cero puntos.
Una vez concluida la evaluación, la comisión elaborará un dictamen en sentido aprobatorio cuando la calificación sea igual o superior a 70 puntos. En caso contrario, el dictamen será en sentido no aprobatorio.
Finalmente, cuando el Pleno del Congreso apruebe o rechace la cuenta pública de un ente fiscalizable, se notificará al auditor superior para que instruya a la unidad correspondiente a iniciar o promover los procedimientos de responsabilidad administrativa en contra de los servidores públicos, ex servidores públicos o personas responsables que no hayan solventado las observaciones contenidas en el informe individual y cuya actuación haga presumir irregularidades o incumplimientos a la normatividad aplicable en el ejercicio de los recursos públicos, con posibles daños o perjuicios a la hacienda pública o al patrimonio de los entes fiscalizables.













