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Revisión de mochilas genera posturas encontradas: SEP la consideró necesaria y CEDH advierte violaciones a derechos humanos



Fabiola Márquez La presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT), Jacqueline Ordoñez Brazdefer, sostuvo que la aplicación del denominado “operativo mochila” en instituciones educativas es ilegal al constituir un acto de molestia que transgrede los derechos humanos de las y los estudiantes.

La ombudsperson explicó que, aunque existe una preocupación legítima por la seguridad dentro de los planteles, las revisiones sin protocolos adecuados pueden vulnerar derechos fundamentales como la privacidad, la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes.

“El operativo mochila, como tal, resulta violatorio de derechos humanos porque es un acto de molestia; sin embargo, se puede justificar su necesidad, pero no como operativo, sino como medida preventiva”, puntualizó.

Cabe señalar que, previo a esta entrevista , el secretario de Educación en Tlaxcala, Homero Meneses Hernández, había señalado que la revisión de mochilas era una acción sumamente importante para brindar tranquilidad tanto a estudiantes como a madres y padres de familia ante los hechos recientes en la entidad , en el contexto de la seguridad escolar.

En ese sentido, Ordoñez Brazdefer aclaró que sí es posible implementar acciones orientadas a la prevención de riesgos, siempre y cuando se realicen bajo un esquema distinto: con el consentimiento informado de madres y padres de familia, la participación activa de la comunidad escolar y el acompañamiento del personal docente, evitando en todo momento prácticas invasivas o coercitivas.

Asimismo, recordó que instancias internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos se han pronunciado en contra de este tipo de prácticas, lo que ha impulsado un debate sobre la necesidad de equilibrar la seguridad escolar con el respeto irrestricto a los derechos humanos.

Finalmente, la titular de la CEDHT reiteró que cualquier medida implementada en los centros educativos debe apegarse al principio del interés superior de la niñez, privilegiando entornos seguros, inclusivos y respetuosos, donde la prevención no implique la vulneración de derechos.

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